Objetivo:
Esta política pretende describir los conceptos generales y las acciones que se deben tomar para la prevención del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo por parte de todos los empleados de CONSTRUCCIONES ROYMA ING SAS, para proteger a la compañía de cualquier situación que ponga en duda el buen nombre y la capacidad de realizar negocios con entidades de orden nacional e internacional.
Alcance:
Esta política fue basada en la Circular Externa 100-004 de la Superintendencia de Sociedades, para la prevención del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y es aplicable para todos los empleados de la organización, al igual que para todos los clientes y proveedores, a quienes se pondrán en conocimiento acerca de esta política.
Definiciones:
Algunos conceptos descritos en la circular anteriormente mencionada son:
Lavado de activos: Corresponde a las conductas contempladas en el artículo 323 del Código Penal, adicionado por el artículo 8 de la ley 747 de 2002 y modificado por el artículo 16 de la ley 1121 de 2006.
“Artículo 323. Lavado de Activos. El que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, financiación del terrorismo, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, delitos contra el sistema financiero, delitos contra la administración pública o vinculados con el producto de delitos ejecutados bajo concierto para delinquir, o les dé a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá por esa sola conducta, en prisión de ocho (8) a veintidós (22) años y multa de seiscientos cincuenta (650) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales vigentes.”
Administración de recursos relacionados con actividades terroristas: Corresponde a las conductas contempladas en el artículo 345 del Código Penal, modificado por el artículo 16 de la ley 1121 de 2006.
“Artículo 345. Administración de recursos relacionados con actividades terroristas. El que directa o indirectamente provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos, bienes o recursos, o realice cualquier otro acto que promueva, organice, apoye, mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos armados al margen de la ley o a sus integrantes, o a grupos terroristas nacionales o extranjeros, o a actividades terroristas, incurrirá en prisión de trece (13) a veintidós (22) años y multa de mil trescientos (1.300) a quince mil (15.000) salarios mínimos legales vigentes.”
Listas internacionales: Relación de personas y empresas que de acuerdo con el organismo que las publica, están vinculadas con actividades delictivas objeto de la lista, tales como OFAC (conocida como lista Clinton), Interpol y FBI.
Reporte de operación sospechosa (ROS): Son operaciones sospechosas que realizan las personas naturales o jurídicas, que por su número, cantidad o características, no se enmarcan dentro de los sistemas y prácticas normales de los negocios de una industria o sector determinado, y de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no hayan podido ser razonablemente justificadas.
Riesgo de Pérdida de Reputación: Es la posibilidad de pérdida en que incurre una empresa por desprestigio, mala imagen, publicidad negativa, cierta o no, respecto de la institución y sus prácticas de negocios, que cause pérdida de clientes, disminución de ingresos o procesos judiciales.
Aspectos Generales:
1. No prestar el nombre de la compañía para realizar negocios o movimientos de dinero de terceros.
2. Dudar de cualquier propuesta de negocio que represente rentabilidades injustificadas e injustificables.
3. Dudar de proveedores que suministren productos a precios menores o iguales que su costo, e incluso a precios mucho menores que los normalmente ofrecidos en el mercado.
4. No prestar ningún producto financiero de la compañía para efectuar operaciones financieras de terceros.
5. Para todos los pagos por transferencia, únicamente transferir a cuentas a nombre del beneficiario del pago.
6. Para todos los pagos en cheque, únicamente para consignación en cuenta del primer beneficiario.
7. Dejar evidencia completa y suficiente de todas las transacciones de los productos financieros.
8. En los procedimientos de creación de clientes y proveedores, solicitar documentación completa para conocer a la empresa o persona como: Certificado de Cámara de Comercio, Rut, Estados Financieros, Referencias Bancarias y/o Comerciales.
9. En contratos de cuantías considerables, efectuar visitas a las instalaciones del cliente o proveedor.
10. Para minimizar el riesgo de conflictos de interés, los traslados y demás costos en que se incurran para estas visitas deben ser asumidas por CONSTRUCCIONES ROYMA ING SAS.
11. Realizar consulta de los potenciales clientes y proveedores en las listas internacionales, mínimo en la OFAC o lista Clinton.
12. Tener documentos soporte de la totalidad de operaciones con clientes y proveedores.
13. En caso de identificar actividades sospechosas por algún funcionario de la compañía relacionadas con Lavado de Activos o Financiación del Terrorismo, denúncielo en el canal ético dispuesto por la compañía: en el correo electrónico calidad@roymaingenieria.com,
14. En la prevención de lavado de activos, los empleados, proveedores y clientes podrán denunciar en este canal cualquier actividad sospechosa de lavado de activos y financiación del terrorismo en la que pueda verse involucrada la compañía.
15. En caso de conocer de actividades sospechosas de personas y empresas relacionadas con el Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, abstenerse de realizar cualquier tipo de negocio, contrato o transacción en nombre de CONSTRUCCIONES ROYMA ING SAS. Igualmente puede reportarla a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), www.uiaf.gov.co o ros@uiaf.gov.co.
16. Realizar campañas de divulgación de la presente política con empleados, clientes y proveedores para fortalecer la cultura de denuncia frente a hechos ilegales de esta índole.
Riesgos Asociados:
Para tomar conciencia de la importancia que tiene la prevención del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del terrorismo, se describen a continuación los riesgos asociados a una práctica de negocios sin control y/o desconocimiento del tema:
Los aspectos generales descritos en esta política deben integrarse en todos los procedimientos relacionados con tesorería (pagos, recaudos y demás transacciones relacionadas), compras (negociaciones con proveedores de bienes y servicios) y ventas.
GERENCIA GENERAL
Copyright © 2024 Royma Ingenieria - Todos los derechos reservados.